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Order (Auto)September 5, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Antonio José Lizarazo Ocampo

✓Claimant Amtex Sas·Respondent Ministerio De Trabajo

✓
Topic · hard data
Demanda Solicitando La Nulidad De Acto Administrativo Del Ministerio De Trabajo Donde No Se Brindo Autorización Para Terminar Contrato Laboral.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Conflictos que se originen en el contrato de trabajo
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Treinta y Tres Administrativo de Oralidad de Medellín y el Juzgado Sexto Laboral del Circuito de Medellín.

La controversia entre los despachos consiste en una demanda en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho presentada por la sociedad Amtex S.A.S., contra las Resoluciones expedidas por el Ministerio del Trabajo-Dirección Territorial de Antioquia, que autorizaron el despido de trabajadores, toda vez que considera que éste no se originó en motivos de discriminación por su situación de discapacidad, como lo había hecho ver el Ministerio del Trabajo, así que solicita, que le paguen los valores pagados al trabajador desde la solicitud de autorización de despido hasta la fecha de presentación de la demanda.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena hace mención a lo dispuesto en Auto 600 de 2022 en el que estableció que las decisiones que adoptan los Inspectores de Trabajo y la Seguridad Social, y los Coordinadores de los Grupos de Atención al Ciudadano y Trámites del Ministerio de Trabajo, sobre las autorizaciones en relación con la terminación de contratos laborales en la que los trabajadores se encuentran en condición de discapacidad, el asunto es de competencia de la jurisdicción ordinaria laboral.

Los pilares normativos del análisis jurídico de la Sala en dicha oportunidad fueron, respectivamente, el artículo 2.1 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social y la Resolución 2143 de 2014 del Ministerio del Trabajo.

La Sala emite la regla de decisión según la cual, corresponde a la jurisdicción ordinaria laboral el conocimiento de los procesos en los cuales se cuestionen la legalidad del despido y la autorización o negación de la misma, otorgada por el Ministerio de Trabajo, para la terminación de los contratos laborales de trabajadores particulares en condición de discapacidad.

En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Sexto Laboral del Circuito de Medellín para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique lo pertinente a los interesados.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Treinta y Tres Administrativo de Oralidad de Medellín y el Juzgado
  2. Sexto. Laboral del Circuito de Medellín; en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  3. Sexto. Laboral del Circuito de Medellín es la autoridad competente para conocer de la demanda promovida.
  4. Segundo. Por Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5524 al Juzgado
  5. Sexto. Laboral del Circuito de Medellín para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique lo pertinente a los interesados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.